Ultimátum a la dictadura
Por
Mariana Patiño Osorio
(estudiante de séptimo semestre de Derecho en la Universidad de Antioquia)
Foto: OSWALDO RIVAS (REUTERS)
Desde el mes de abril del 2018, en Nicaragua se han venido presentando grandes alteraciones del orden público, según el diario BBC mundo en su artículo titulado “Protestas en Nicaragua: ¿qué piden los estudiantes? ¿qué puede pasar? ¿cómo se compara con Venezuela? El enviado de BBC Mundo responde tus preguntas”[1], lo que piden los manifestantes es justicia, porque decenas de personas han muerto. Desde el 18 de abril del 2018 el uso de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad del Estado y también de grupos parapoliciales ha sido exacerbada, por lo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha catalogado este hecho como graves violaciones a los derechos humanos. Los manifestantes exigen, además, una mayor democratización del país. En este sentido, según el diario, la única forma de realizar una mayor democratización del país es por medio de una reforma electoral consensuada con la OEA y que sería aplicada en el año 2020, cuando sería el final del periodo presidencial de Daniel Ortega.
En un informe de la CIDH sobre lo sucedido en 2018, divide lo ocurrido en cuatro fases[2]: represión estatal a las protestas del 18 de abril de 2018; operación limpieza; persecución judicial y criminalización de la protesta social; y cierre de espacios democráticos. Sobre la primera fase, corresponde a lo sucedido desde el 18 de abril de 2018, sobre cómo fuerzas del Estado nicaragüense y grupos parapoliciales usan la fuerza letal, realizan detenciones arbitrarias, incurren en irregularidades al iniciar los procesos judiciales; además, como forma de represalia a quienes participaban de las manifestaciones y resultaban heridos se les impedía el ingreso a la atención de urgencias.
“Por su parte, la CIDH advirtió que la respuesta inicial del Estado se caracterizó por el empleo excesivo de armas de fuego y armas menos letales, además, la represión atravesó diferentes niveles de intensidad contra los manifestantes y la población civil en las calles”.[3]
La protesta es una forma de manifestación reconocida por la CIDH, y también es una forma de participación política, por lo tanto, las manifestaciones y demás formas de protesta son propias de una democracia pluralista y no una provocación, como lo quiere hacer parecer el gobierno nicaragüense, ya que según este lo sucedido en el país es una provocación por parte de la extrema derecha [4].
La segunda fase relata que como otra forma de protesta fueron levantados más de 180 tranques y barricadas a lo largo del país. Dice la Comisión en su informe que “Durante esta etapa, la estrategia estatal desplegada se caracterizó por el uso desproporcionado de la fuerza; el empleo de armas de uso exclusivo del ejército; y la participación y colaboración de grupos de choque o parapoliciales con agentes de la policía nacional y antimotines encapuchados”[5]. El Estado siempre había negado el vínculo con fuerzas parapoliciales, pero luego reconoció que quienes habían participado en los operativos de limpieza eran policías voluntarios y que actuaban encubiertos por razones de seguridad.
La tercera fase se da después del desmonte de los tranques, cuando el gobierno intenta normalizar todo y despliega una estrategia de persecución judicial y criminalización contra quienes eran sus opositores, en especial estudiantes y manifestantes. Muchas de las personas que eran perseguidas tuvieron que huir del país, se realizaron cientos de detenciones arbitrarias y todas tenían un elemento común: el uso de la fuerza por parte de agentes del Estado y encapuchados[6].
La cuarta fase es el cierre de espacios democráticos, el primero de estos hechos se puede evidenciar cuando en el mes de septiembre de 2018 algunas marchas convocadas se declararon como ilegales y violentas, responsabilizando a quienes las convocaban por cualquier cosa que ocurriera. Posteriormente, en octubre, se comunica que cualquier movilización que se quiera realizar se debe hacer con permiso de la policía, pero cualquier permiso que se pedía era negado. En diciembre, cuando por medio de medidas y decretos que son aparentemente legales se empieza a restringir los derechos a la libertad de expresión, asociación y de reunión, los cuales son esenciales para el desarrollo de una sociedad democrática. Otra forma que se desplegó para evitar las protestas fue la ocupación por parte de la policía estatal en espacios públicos, además de continuar con detenciones arbitrarias contra quienes intentaban realizar una protesta. También se debe tener en cuenta en este punto las detenciones arbitrarias a periodistas tanto nacionales como extranjeros y la intervención policial a distintos diarios del país, todo con el fin de silenciarlos; así como la suspensión del monitoreo que se estaba realizando por organismos internacionales, a los cuales se les había invitado para verificar lo que estaba lo que estaba sucediendo en el país.[7]
Teniendo en cuenta todo lo que ha venido ocurriendo en Nicaragua, en la Asamblea General de la OEA realizada en Medellín los días 26, 27 y 28 de junio del presente año, se lanzó un ultimátum para que en un máximo de 75 días Nicaragua resuelva su situación sociopolítica de manera negociada; libere todos los presos políticos; autorice la libertad de prensa en el país, permita el retorno de las organizaciones de DDHH internacionales; y permita las movilizaciones.
“Con la aprobación de la resolución titulada “La Situación en Nicaragua” con 20 votos por su Asamblea General, la Organización de Estados Americanos (OEA) lanzó un ultimátum a la dictadura Ortega-Murillo”[8].
De lo contrario, será aplicada la Carta Democrática Interamericana. Aunque la resolución oficial no ha sido publicada por parte de la Secretaría General de la OEA, esta se encuentra contenida en la propuesta de resolución[9]. La Carta Democrática supone un hito histórico para los Estados en cuanto a la evolución de su democratización. Humberto de la Calle se refiere a ella, así:
“La Carta es un hito en la historia democrática del hemisferio. En primer término, en lo político implica un serio compromiso de los gobernantes con la democracia, no ya en su versión minimalista electoral, sino con un concepto amplio que toca todos los aspectos de la dignidad humana como eje central de su concepción”. [10]
Así pues, se puede decir que en este momento la idea de democracia en Nicaragua es nula, ya que solo se está teniendo en cuenta lo político. En este caso se demuestra que la idea de democracia está distorsionada, ya que se deja de un lado la dignidad humana y se limita solamente a la parte electoral, considerando así el Presidente y los entes estatales que todo el poder se concentra en ellos por el simple hecho de ser elegidos, que pueden permitir y prohibir, pasando por encima de los derechos de la población, violentándolos, intimidándolos, entre otros actos que se han venido cometiendo en su contra.
La Carta Democrática Interamericana es un instrumento normativo interamericano de derechos humanos, adoptado por la OEA durante una Asamblea Extraordinaria realizada en Perú el 11 de septiembre de 2001. Sin embargo, esta no tiene el alcance de un tratado internacional, sino que es una resolución, que lo que busca es una actualización y una mejor interpretación de la Carta fundacional de la OEA, pero es uno de los instrumentos interamericanos más completos, promulgado para la promoción y fortalecimiento de los principios, prácticas y cultura democráticas entre los Estados de las Américas. Lo decidido en la Asamblea General de la OEA de junio pasado fue inicialmente aplicar el artículo 20 de la Carta:
“En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente. El Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática (…)”.[11]
Si dentro del plazo de 75 días la situación de Nicaragua no ha regresado a la normalidad, como se dice en el ultimátum, se hará cumplir el artículo 21 de la Carta, el cual manifiesta que,
“Cuando se constate la ruptura del orden democrático y que las gestiones empleadas no hayan funcionado, se tomara la decisión de suspender a ese Estado miembro del derecho de participación en la OEA, esto será aprobado con el voto favorable de dos tercios de los Estados miembros, y entrará en vigor de inmediato. El estado deberá seguir cumpliendo obligaciones como miembro, sobre todo en el tema de DD.HH, la Organización seguirá sus gestiones para el restablecimiento de la democracia del Estado afectado”[12].
Finalmente, el artículo 22 de la Carta Democrática Interamericana dispone:
“si se supera la situación, cualquier estado miembro podrá solicitar el levantamiento de la suspensión, este se aprobará con el voto de los dos tercios de los estados miembros.”[13]
Teniendo en cuenta la grave violación a los derechos humanos, a la libertad de prensa y la libertad de expresión, que han venido siendo una constante en Nicaragua en el transcurso del último año, la falta de garantías para unas elecciones libres genera una alteración al orden constitucional de su país y por consiguiente afecta el orden democrático del mismo. Además, este año no se ha encontrado una salida negociada a la crisis que ha venido padeciendo el país centroamericano, por ello la aplicación de la Carta Democrática es un mecanismo por medio de la cual la Organización de Estados Americanos busca garantizar la protección a quienes han sido víctimas de las graves violaciones por parte del Estado.
Siendo Nicaragua uno de los 34 Estados Miembros de la OEA, debe dar cumplimiento a las decisiones adoptadas en la Organización, de no ser así, esta podrá intervenir en el conflicto aplicando la Carta Democrática Interamericana, pues de esta forma se estaría cumpliendo con uno de los fines para los cuales fue creada: “fortalecer y preservar a las instituciones democráticas de las naciones de las Américas.”[14]
REFERENCIAS
[1] Protestas en
Nicaragua: ¿qué piden los estudiantes? ¿qué puede pasar? ¿cómo se compara con
Venezuela? El enviado de BBC Mundo responde tus preguntas. https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-44283106
[2]Comisión
Interamericana de Derechos humanos. Informe Anual 2018, Capítulo IV. B Nicaragua. http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2018/docs/IA2018cap.4B.NI-es.pdf
[3] Ibid.,
pág. 414.
[4] Ibid., pág. 416.
[5]
Ibid., pág. 418.
[6] Ibid., pág. 421.
[7] Ibid., pág. 424.
[8] OEA impone ultimátum a la dictadura. Tomado de: https://confidencial.com.ni/oea-impone-ultimatum-a-la-dictadura-de-nicaragua/
[9] Documentos Registrados Por La Secretaria – Documents Registered By The
Secretariat. Draft
Resolution The Situation In Nicaragua (The Proposed Amendments Submitted To The
General Committee, Are Identified In Bold). http://scm.oas.org/ag/documentos/Index.htm#VolumenAP
[10] Barrado, C. M.
D., & Linares, M. Á. C. (2010). América y el principio de la democracia: la
Carta Democrática Interamericana. Revista de Estudios Jurídicos.
Pag.6.
[11] Art.
20, Carta Democrática Interamericana: documentos e interpretaciones p.8; cm.
(OAS official records; OEA/Ser.G/CP-1)
[12] Art. 21, Carta Democrática
Interamericana: documentos e interpretaciones p.9; cm. (OAS official records;
OEA/Ser.G/CP-1)
[13] Art. 22, Carta Democrática
Interamericana: documentos e interpretaciones p.9; cm. (OAS official records;
OEA/Ser.G/CP-1)
[14]
Décimo aniversario de la Carta Democrática Interamericana, cuál es su
propósito. http://www.oas.org/es/democratic-charter/
0 comentarios:
Publicar un comentario